NORMATIVA DE BONO FAMILIAR DE TEMPORADA:
  1. Los/as Abonados/as de Temporada tendrán derecho al uso de piscina de verano, entre las fechas de apertura y cierre que determine el Instituto Municipal de Deportes.
  2. Se considera unidad familiar el matrimonio o pareja de hecho (deberá acreditarse mediante certificado del libro de registro de parejas de hecho del Ayuntamiento) y los/as hijos/as solteros/as que convivan con ellos/as. A partir de 25 años cumplidos los/as hijos/as deberán acreditar que conviven con los padres mediante certificado histórico familiar de empadronamiento, debiendo cumplir al menos un año de antigüedad. Forman parte también de la unidad familiar los padres de cada uno de los cónyuges o uno de cada.
  3. Es condición obligatoria para formalizar el bono, el pago de la cuota correspondiente (conforme Art. 4º Obligación del pago Normas Generales Precios Públicos del Imdeco), así como presentar la siguiente documentación: -Original y Fotocopia del DNI de cada uno/a -2 Fotografías tamaño DNI de cada uno/a -Original y Fotocopia del libro de familia completo.
  4. El pago se realizará mediante transferencia, ingreso en cuenta bancaria o pago con tarjeta.
  5. Al Bono familiar se le puede incluir hasta un máximo de 2 personas como “Otros Beneficiaros”, abonando la cuota establecida por este concepto, debiendo ser estos, familiares del titular hasta tercer grado de consanguineidad o afinidad. No está permitido que los «otros beneficiarios» pertenezcan a una misma unidad familiar, debiendo estos realizar otro Bono familiar distinto.
6.- Una vez realizado el pago correspondiente a la tramitación del abono, no se realizará devolución del mismo, bajo ningún concepto. 7. Los/as Abonados/as de Temporada, como usuarios/as de las Instalaciones, estarán obligados al cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora del Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales adscritas al Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, vigente en cada momento y a las normativas particulares de la instalación. NORMATIVA DE BONO INDIVIDUAL DE TEMPORADA. 1.- Los/as Abonados/as de Temporada tendrán derecho al uso de la piscina de verano, entre las fechas de apertura y cierre que determine el Instituto Municipal de Deportes. 2.- Es condición obligatoria para formalizar el bono, el pago de cuota correspondiente (conforme Art. 4º Obligación del pago Normas Generales Precios Públicos del Imdeco), así como presentar la siguiente documentación:
  1. El pago se realizará mediante transferencia, ingreso en cuenta bancaria o pago con tarjeta.
4.- En caso de que el/la titular del Abono sea menor de 18 años, deberá presentar una autorización formal del padre/madre/tutor/legal del mismo. 5.- Una vez realizado el pago correspondiente a la tramitación del abono, no se realizará devolución del mismo, bajo ningún concepto. 6.- Los/as Abonados/as de Temporada, como usuarios/as de las Instalaciones, estarán obligados al cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora del Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales adscritas al Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, vigente en cada momento y a las normativas específicas de la instalación.

Incidencia técnica 13/04/2026

Debido a una incidencia técnica, algunas de las solicitudes realizadas el pasado día 13/04/2026 entre las 08:00 y las 11:10 h., no se registraron correctamente.

Rogamos a las personas que realizaron su solicitud comprueben si se encuentran debidamente inscritas. En caso de duda, pueden ponerse en contacto en la dirección de correo: Una errata culpa mía del texto aviso de la web: el mail es incidencias@piscinacallemarbella.es

Sentimos las molestias que estas situación haya podido causar.

Gracias